COFE dice que Rendición de Cuentas legitima nombrar funcionarios de Presidencia a “dedo”
Además, critican el artículo 38 de la ley, “que aumenta y flexibiliza el pago de compensaciones discrecionales” en la Torre Ejecutiva.
La Confederación de Funcionarios del Estado (COFE) denuncia que la Oficina Nacional de Servicio Civil (ONSC) plantea “nuevas disposiciones que pretenden facilitar la designación ‘a dedo’ de todas las funciones de conducción, jefes de área, división y departamento” de funcionarios de Presidencia.
El sindicato menciona sobre este punto el artículo 11 de la Rendición de Cuentas que sostiene que “las funciones de administración superior previstas en el artículo 59 de la ley 19.121, podrán asignarse transitoriamente, previa convocatoria a concurso”.
“A dicho concurso podrán postularse los funcionarios del inciso que reúnan los requisitos para la función. Si no surgiera un funcionario seleccionado podrá convocarse a otros funcionarios del Poder Ejecutivo que reúnan los requisitos de la función, quienes si fueran seleccionados pasarán a prestar servicios en régimen de pase en comisión al amparo del presente artículo”, se agrega.
Según COFE, “el Estado debería promover el concurso de oposición y méritos para asignar las jefaturas, pero con este artículo se legitima el nombramiento discrecional y directo”.
“Validar legalmente el nombramiento a dedo de cientos de jefaturas es atentar contra la carrera administrativa, contra la transparencia en el manejo de los recursos públicos; es promover el amiguismo, el favoritismo, la devolución de favores, el nepotismo y amplificar los cargos de confianza política en todos los mandos medios en la Administración Central”, sostuvo la Confederación y rechazan que se “pretenda modificar el Estatuto del Funcionario Público sin convocar a los ámbitos de negociación colectiva”.
Aseguran que el artículo “proporcionará un mecanismo discrecional a los jerarcas de los organismos, para contratar trabajadores en régimen zafral, sin necesidad de fundamentar la contratación, sin pasar por el sistema de reclutamiento de la ONSC, sin que estén establecidos explícitamente los procedimientos de selección y sin generar ningún derecho al trabajador al cese del contrato”.
Para COFE ese aspecto “recorta los derechos de los trabajadores contratados, sin especificar cuál es el régimen jurídico que les aplica”.
El sindicato reclama que la ONSC debe asegurar la administración eficiente del Estado, “promoviendo políticas de buena administración, con manejo responsable y transparente de los recursos públicos”.
Además, agrega que se “flexibilizan y precarizan los vínculos con el Estado” al crear el contrato zafral.
“El objetivo del gobierno es claro, que los ingresos de trabajadores en el Estado para realizar tareas tanto permanentes como transitorias sea a través de vínculos precarios y flexibles”, expresaron desde la Confederación.
Por último, denuncia que la ley de Rendición de Cuentas, “aumenta y flexibiliza el pago de compensaciones discrecionales” en todo el inciso Presidencia (artículo 38), “facultando a los jerarcas a pagar partidas salariales asignadas en forma directa para el personal que cumple tareas” correspondientes a ese inciso.
El artículo 38 faculta a la ONSC a “abonar a su personal compensaciones por mayor responsabilidad en el desempeño efectivo de tareas distintas a las de su cargo, prioritarias para el cumplimiento de cometidos sustantivos”.
FUENTE: MONTEVIDEO PORTAL